Mediante el Decreto 32/2018, publicado hoy en el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional estableció cupos de exportación hasta fin de año para la pesca de río.
En tanto a las principales tipos de pesca regulados, fijó un monto de 15.500 toneladas para los sábalos; 775 para las tarariras y las bogas; 200 para los patíes; y para los bagres de río, 50 toneladas. Sin embargo, no se limitó su cantidad en la comercialización de surubíes, manguruyúes, dorados del río, armados y manduvíes.
En este marco, la Secretaría de Agroindustria informó acerca de la iniciativa creada por el Ministerio de Producción: “El cupo de exportación fijado por la presente medida corresponde a pescado entero y fileteado, fresco, refrigerado o congelado, comprendido en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM)”. En este sentido, la reglamentación tiene como objetivo preservar el estado del recurso de la “Cuenca Paraná-Platense” (donde desembocan ríos como el de La Plata, Uruguay y Paraná).