A partir de hoy entra en vigencia el nuevo Plan Nacional de Control y Erradicación de Brucelosis Bovina, Resolución 67/2019. Entre otras obligaciones, establece realizar la Determinación Obligatoria de Estatus Sanitario a Brucelosis (DOES), un diagnóstico serológico a la totalidad de los animales susceptibles (vaquillonas, vacas y toros) de cada establecimiento, con el fin de verificar la condición sanitaria de los rodeos.
Si todas las muestras de este diagnóstico resultan negativas, el establecimiento obtendrá el estatus de libre de brucelosis bovina con este único muestreo. Una vez obtenido este estatus, podrá revalidarse anualmente con un diagnóstico sobre una muestra parcial del rodeo. Los establecimientos libres podrán mover sus animales sin necesidad de diagnósticos previos ni restricción alguna.
Los rodeos lecheros también tendrán la opción de revalidar su estatus mediante Pruebas de Anillo en Leche (PAL).
Aquellos sangrados realizados entre el 1° de octubre de 2018 y la entrada en vigencia del nuevo plan (3 de abril de 2019) serán reconocidos para el cumplimiento de la DOES. Estos diagnósticos deben ser presentados en las oficinas del Senasa. Si cumplen con los requisitos de la norma y resultaron negativos, los establecimientos podrán ser considerados libres.
También podrán reconocerse como establecimientos libres a aquellos que presenten antecedentes negativos de dos o más sangrados anuales que no fueron registrados durante la implementación del plan anterior.
Los establecimientos que ya se encuentran registrados como libres deberán validar ese estatus mediante la vigilancia anual, con un muestreo parcial del rodeo.