El gobierno oficializó la puesta en marcha del impuesto a las exportaciones de servicios. A partir del 1° de enero de 2019 y hasta el 31 de diciembre de 2021 las ventas al exterior estarán gravadas con retenciones del 12%. El derecho de exportación, según la normativa, no podrá exceder los $4 por cada dólar del valor imponible.
Detalles:
1- Alcance: Se considera prestación de servicios a «cualquier locación y prestación realizada en el país a título oneroso y sin relación de dependencia, cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior». Esto incluye a los servicios basados en el conocimiento.
2- No todas lo pagan: las Micro y Pequeñas empresas dedicadas a la prestación de servicios que exportan menos de 600 mil dólares anuales no pagarán el impuesto.
3- El cálculo: El derecho se calcula aplicando el 12% sobre el valor de la exportación de servicios que estará habitualmente pactado en moneda extranjera. El valor determinado, se debe convertir a pesos conforme el tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina del día hábil anterior a que corresponda declarar la operación.
4- Plazo de pago: Los derechos de exportación deben ser abonados dentro de los 15 días hábiles del mes posterior a aquél de facturación de las operaciones respectivas.
Se debe presentar una declaración jurada, cuyos requisitos, condiciones, etc. deberán surgir de la reglamentación.
5- Espera: Los exportadores que en el año calendario inmediato anterior al de la fecha de la declaración jurada, hayan exportado servicios por menos de u$s2.000.000, tienen un plazo de espera de 45 días corridos, sin intereses, contados a partir del día siguiente al vencimiento de la declaración jurada que deban presentar.Para los restantes exportadores, no hay plazo de espera. Esto es relevante dado que los exportadores más grandes deberán, en muchos casos, pagar los derechos de exportación aún cuando no hayan cobrado el servicio a sus clientes del exterior.
6- Facturación 2018/2019: las operaciones facturadas antes del 1 de enero de 2019, aún cuando correspondan a prestaciones posteriores a esa fecha, pagarán el impuesto.