La Secretaría de Gobierno de Agroindustria comunicó varias modificaciones que actualizan el Código Alimentario Argentino (CAA).
A través de la Resolución Conjunta N° 8/2018 , se incorporan criterios microbiológicos en yerba mate elaborada, como parámetro de control de la calidad higiénico sanitaria del producto. La medida, propiciada por la industria de alimentos y bebidas, se inserta en el Capítulo XV «Productos Estimulantes o Fruitivos» bajo el Artículo 1195 tris, permitirá avanzar en el control de la inocuidad de la yerba, de alto consumo en el país, y eliminar el arbitrio de reducir los costos de elaboración empleando materia prima de inferior calidad.
Por otro lado, mediante la Resolución Conjunta N° 9/2018 se incorporan los artículos 578 y 578 bis en el Capítulo VIII «Alimentos Lácteos», referidos a bebidas lácteas y polvos para preparar bebidas lácteas, respectivamente. Así, se permitirá adoptar los avances tecnológicos en la industria de alimentos y bebidas, aprovechando los macro y micronutrientes de otros productos lácteos incluyéndolos como componentes mayoritarios, creando nuevos alimentos lácteos importantes por su aporte nutricional.
Otras actualizaciones importantes del Código han sido:
-La inclusión del producto Wakame al listado de algas comestibles del artículo 923 del C.A.A. Resolución Conjunta N°7/2018
-La modificación del artículo 1084 referido a Hidromiel. La medida permite nuevas clasificaciones de este producto y autoriza otras denominaciones (Resolución N° 14/2018)[https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/196408/20181122].
- La incorporación de carne de cerdo en polvo como ingrediente en chacinados frescos, secos y cocidos. Queda así permitido, con determinadas dosis máximas, el agregado de carne de cerdo en polvo con contenido proteico de entre 60% y 90%, en productos cárnicos elaborados a base de cerdo, crudos y cocidos Resolución N° 10/2018.
- La incorporación del artículo 1353 bis referido a fórmulas de alimento para lactantes y sus clasificaciones, como sucedáneos de la leche materna Resolución Conjunta N° 12/2018.
- La inclusión de la especie Moringa oleifera Lam como hierba para infusiones al Capítulo XV «Productos Estimulantes y Fruitivos» . La medida incorporada al artículo 1192 permitirá aumentar la oferta de hierbas nutritivas al consumidor y apoyar la adopción de medidas para promover y facilitar la introducción y cultivo industrial de la especie en las regiones del Noroeste (NOA) y Nordeste (NEA) argentinos el cultivo de esta especie exótica arbórea, de probadas cualidades agroindustriales, alimenticias y como depuradora de aguas Resolución Conjunta N° 15/2018.
- Y finalmente, la actualización vinculada a hortalizas frescas en el Capítulo XI «Alimentos Vegetales» del CAA, que incorpora a las Especies Vegetales Andinas cuyos nombres populares son Mashwa (o papa amarga), Ulluku (o papa lisa), y el Papayo de altura o Chamburo, una fruta de sabor dulce y múltiples formas de consumo Resolución Conjunta N° 11/2018.